Nº 370, 30 de noviembre de 2017, Comunicado de prensa sobre la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre el caso “Merçan y otros contra Suiza”

República De Türkiye Ministerio De Asuntos Exteriores 30.11.2017

En el fallo dirimido unánimemente por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de fecha 28 de noviembre de 2017 sobre el caso de “Merçan y otros contra Suiza”, el TEDH dictó sentencia declarando que se había violado el derecho a la libertad de expresión de nuestros ciudadanos Ali Merçan, Hasan Kemahlı y Ethem Kayalı, condenados por Suiza a causa de sus declaraciones relativas a los sucesos de 1915, al haber considerado que estas suponían “negación del genocidio”.

Consideramos que esta sentencia constituye una muy poderosa decisión legal, basada en principios democráticos y legales, contra todas las iniciativas e implementaciones dirigidas a imponer las acusaciones de “genocidio” como verdades absolutas.

Esta sentencia, junto con el fallo de la Gran Sala del TEDH sobre el caso “Perinçek contra Suiza”, reafirma la jurisprudencia existente que contempla que las diferentes opiniones sobre los sucesos de 1915 se encuentran bajo la protección del derecho a la libertad de expresión, así como la existencia de diferencias históricas y legales entre los sucesos de 1915 y el Holocausto quedando así confirmadas las tesis legítimas de nuestro estado relativas a los sucesos de 1915.

Atatürk

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